Investigación por el asesinato de Dilan Cruz deberá ser llevaba por la Justicia Ordinaria
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Desde el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, y como representantes de la familia del Joven Dilan Cruz, asesinado el 23 de noviembre de 2019 por la Policía Nacional, específicamente por el Escuadrón Móvil Antidisturbios –ESMAD, celebramos la decisión de la Corte Constitucional al enviar la investigación de su asesinato a la Justicia Ordinaria.
En decisión publicada el 18 de junio de 2021, y tras estudiar la tutela, que como organización defensora de derechos humanos representantes judiciales de la Familia del joven Dilan Cruz, interpusimos el 9 de marzo de 2020 con la cual se buscaba que la justicia ordinaria asumiera la investigación, juzgamiento y sanción contra los responsables de la muerte del Dilan Mauricio; la Corte Constitucional ordenó “AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso y a un recurso judicial efectivo de YENNY ALEJANDRA MEDINA PULIDO” madre del joven asesinado mientras ejercía su derecho constitucional a la protesta social, y por tanto trasladar la investigación de la Justicia Penal Militar a la Justicia Ordinaria.
Junto con lo anterior, la Corte Constitucional decidió:
1. CONFIRMAR la Sentencia dictada el 9 de septiembre de 2020 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, solamente en tanto, a su vez, confirmó la decisión de la Sala de Casación Penal de la misma Corporación, emitida el 7 de julio de 2020, de conceder la acción de tutela y dejar sin efectos el auto de 12 de diciembre de 2019, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
2. REVOCAR el ordinal tercero de la parte resolutiva de la Sentencia dictada el 7 de julio de 2020, dictada por Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que ordenó a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, adoptar una nueva decisión dentro del conflicto de jurisdicciones.
3. DEJAR sin efectos el auto de 20 de agosto de 2020, mediante el cual, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dio cumplimiento al fallo de tutela de primera instancia.
4. DISPONER que la actuación penal que se sigue contra el oficial de la Policía Nacional, Manuel Cubillos Rodríguez, por la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, sea trasladada al conocimiento de la Jurisdicción Ordinaria.
5. ORDENAR al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar que envié de forma inmediata las diligencias que adelanta contra el capitán de la Policía Nacional, Manuel Cubillos Rodríguez, por la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, a la Fiscalía 298 Seccional de la Unidad de Vida Bogotá, para que reanude la respectiva investigación. Las pruebas practicadas hasta el momento en la Jurisdicción Penal Militar mantendrán su valor.
Como organización acompañante judicial del caso, celebramos esta decisión al considerarla un primer paso asertivo en la búsqueda de verdad y justicia por parte, no solamente de la familia de Dilan, sino para todas las víctimas de la Fuerza Pública en Colombia, específicamente en el marco del ejercicio de la protesta social.
Sin embargo, aunque esta decisión abre la puerta de entrada al camino para esclarecer lo sucedido, sabemos que la lucha por la justicia, la verdad y las garantías de no repetición continúan, por lo que esperamos, y exigimos, que, en este nuevo escenario, la Fiscalía General de la Nación, garantice una investigación independiente, veraz y efectiva, disponga la re asignación de la investigación a un Fiscal Especializado, con lo cual permita satisfacer, de manera plena, los derechos de las víctimas de crímenes de Estado en Colombia.