18 Octubre 2018 - 12:00am

Exigimos respeto por el principio de centralidad de las víctimas

Comunicados / Atención a víctimas / Construcción de paz

Foto: Movice

Las organizaciones abajo firmantes, expresamos nuestra profunda preocupación y rechazo al trámite y manejo dado a la audiencia de sometimiento del General (R)  Mario Montoya realizada el pasado 17 de octubre ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP. La misma constituyó una abierta vulneración al principio de centralidad de las víctimas.

Víctimas y familiares de graves violaciones a los derechos humanos perpetradas por tropas del Ejército Nacional bajo la comandancia del General (R) Mario Montoya Uribe, así como sus representantes,  acudimos a la audiencia citada con una alta expectativa, tras un largo camino y lucha por el reconocimiento de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, esperando en las actuaciones procesales de la JEP la posibilidad de un trato digno y garante de estos derechos según lo establecido en el Acuerdo Final.

Durante la audiencia, la Sala no fue clara en precisar los fundamentos jurídicos de la misma, derivando en una vulneración a las garantías del debido proceso por la inseguridad generada para las víctimas y sus representantes. Mientras algunas resoluciones de la Sala consideraban como fundamento de la audiencia el artículo 75 de la Ley de Procedimiento de la JEP, norma abiertamente inconstitucional y cuestionada por la misma JEP, el día de ayer se indicó un argumento y fundamento normativo completamente distinto.

Igualmente, la Sala privilegió al General (R) Mario Montoya al dar trámite a la firma del Acta de Sometimiento omitiendo reconocer la calidad de víctimas y a sus representantes que se hicieron presentes en las dos sesiones de la audiencia. Asimismo, relegó a un momento posterior la decisión sobre las nulidades y los recursos planteados por los representantes de las víctimas en la primera sesión de la Audiencia.  Ante las constantes insistencias de los abogados y abogadas por las irregularidades con las que avanzaba la audiencia, la Sala impidió el uso de la palabra y rechazó las peticiones presentadas por algunos representantes y familiares de víctimas, constituyendo un trato abiertamente discriminatorio a estas.

La Sala adoptó una actitud irrespetuosa con algunas de las víctimas que acudieron con sus representantes, lo que ocasionó la indignación y posterior retiro de la sala de audiencia como un acto de rechazo a las actuaciones presentadas en la audiencia y en solidaridad con quienes recibieron directamente esta actitud. El mismo rechazo y posterior retiro de la audiencia se presentó también en Medellín.

La JEP tiene como principio rector la centralidad de las víctimas y cada una de las Salas debe observar detalladamente que los procedimientos al interior de las audiencias no resulten discriminatorios y confusos, máxime si los procesos de conocimiento de la JEP se tratan de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH y busca reconocer la pluralidad de víctimas en diferentes regiones del país.

Como organizaciones defensoras de derechos humanos y como víctimas, hacemos un llamado a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas a brindar tratamientos dignificantes durante las audiencias, a respetar el debido proceso, a dar claridad normativa y jurídica a los trámites que se surten ante ésta y principalmente, a obrar de conformidad con el principio de centralidad de las víctimas que se encuentra contemplado desde el Acuerdo Final y en las diferentes normas que le han dado desarrollo. Finalmente, mantenemos nuestro respaldo y reconocimiento a las labores de la JEP, como mecanismo para la garantía de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y no repetición.

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