Estamos en una pandemia, no en una dictadura
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-Ah, chingada. ¡Ahora sí que me saliste más cabrón que bonito! Ni madres… ¡Aquí es la Ley de Herodes: o te chingas, o te jodes!
- La Ley de Herodes
Múltiples son las voces que han advertido que la pandemia del COVID-19 trae consigo el riesgo de implementación de modelos autoritarios de Estado y sociedad. La excepcionalidad como modelo extraordinario para el tratamiento de crisis desde siempre ha sido un artilugio, jurídico y político, con el que gobernantes de todos los pelambres han intentado expandir sus competencias y su legitimidad, para contrariar los derechos y las garantías constitucionales y a cambio expandir su poder y el de los proyectos que representan, claro ejemplo de esto es el periodo del Frente Nacional.
Los riesgos autoritarios de la excepción además transitan en los distintos niveles de la institucionalidad, particularmente en los estamentos que se encargan de la seguridad, más aún si su sesgo está inclinado hacia la seguridad del Estado. Hasta hoy, ese ha sido el caso de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, que ya en el marco del confinamiento ha incurrido en agresiones contra pobladores real o supuestamente infractores de la medida, propinando lesiones físicas e imponiendo comparendos injustos o innecesarios, así como haciendo uso del “Traslado Por Protección” como manto legal para la detención arbitraria.
A colmo de males, en el plano intermedio del poder local, el alcalde Daniel Quintero ha sido ya abanderado de posturas y medidas que, además de la unilateralidad, tan característica de la arbitrariedad, han ido de manera directa en contra de la protesta social. No de otra manera se puede leer el comunicado de prensa al que llamó “protocolo”, con el que se dispuso y ejecutó la acción del Escuadrón Móvil Antidisturbios ante las protestas sociales en Instituciones de Educación Superior. De igual manera, el ESMAD resultó en recurso de primera mano para la administración local, ante algunos brotes de protesta e inconformidad ante la negligencia o la ineptitud de la misma administración para dotar de elementos mínimos que permitieran solventar sus necesidades a los más humildes durante el confinamiento obligatorio, que se conocieron como los trapos rojos que inundaron la ciudad.
Ahora la Subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia expidió una Resolución, mediante la cual el Alcalde de Medellín dispuso prohibir[1] el que se lleven a cabo protestas sociales durante la pandemia en la vía pública, transgrediendo de forma clara el núcleo esencial del derecho constitucional a la movilización social y la protesta. En un nuevo lucimiento de su talante autoritario, Quintero se aboca hacia el derecho fundamental a la protesta, consagrado en los artículos 20 y 37 de la Constitución Política y en diferentes tratados del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y que hacen parte del bloque de constitucionalidad, normas que ni siquiera en contexto de excepción deben restringirse, ignorando así incluso lo dicho por la ONU[2].
Contrasta la verticalidad del alcalde con su consideración laxa ante las garantías excesivas que otorga al comercio formal. En prensa se anunció ya que el día 19 de junio, decretado como el “día sin IVA”, no habrá lugar al pico y cédula[3], medida con la que se supone se busca salvaguardar la salubridad de las personas. A esta altura ya es claro que el Alcalde encarna el modelo gendarme de Estado: Para la incomodidad que le produce la protesta social y el comercio informal, acciones de prohibición y fuerza; para el comercio formal, permisividad y descuido.
¿Dónde quedó el alcalde liberal, amigo de la movilización social y prometedor de los derechos? ¿Cuál es la concepción de democracia en su cuarta revolución industrial? Instamos nuevamente al respeto de la Constitución Política, que ha sido clara en establecer que ni aun en estados de emergencia se pueden restringir y anular, como lo pretende la alcaldía, los derechos humanos. Además, hacemos un llamado al ministerio público, en cabeza de la Procuraduría General de la Nación a que inicie investigaciones disciplinarias para frenar estas acciones y prácticas de abuso de poder por parte del mandatario local.
Por último, exigimos a la Alcaldía la publicidad de los actos administrativos, lo cual es un deber legal y constitucional, más después de experiencias como las del mal llamado “protocolo”, el cual generó efectos, pero nunca fue publicado para el control social.
[1] Ver https://telemedellin.tv/protestas-en-via-publica-estan-prohibidas-alcaldia-de-medellin/392654/?fbclid=IwAR3zz6h1V9v_NLsT9EGBf-O8gZ9oC33q8eUzwTv6ODnnjVqmhI27TdJ1vaM
[2] Ver https://news.un.org/es/story/2020/04/1473482 y también https://news.un.org/es/story/2020/03/1471202
[3] Ver https://www.elcolombiano.com/antioquia/dia-sin-iva-no-habra-pico-y-cedula-en-medellin-PH13141097