El Plan de Acción Oportuna para la protección de personas defensoras de DD.HH. desconoce los mandatos del Acuerdo de Paz y aísla la participación de la sociedad civil
Comunicados / Construcción de paz
El Plan de Acción Oportuna - PAO tiene una voluntad clara de reestructurar y articular la política pública en materia de garantías de seguridad, en especial, aquella referida a la protección de personas defensoras de derechos humanos, una tarea clave en términos de eficiencia para responder a la persistente coyuntura de violación de derechos humanos que sufre este colectivo, y materializar medidas de no repetición que permitan avanzar en la consolidación y participación democrática.
Sin embargo, pese a avalar y reconocer la labor antes expuesta, es importante tener en cuenta una serie de ajustes a la propuesta presentada por el Ministerio de Interior, la cual, según está planteada, se aleja del propósito que asegura perseguir, al crear nuevos escenarios que desconocen los mandatos del Acuerdo de Paz y omiten por completo la participación de la sociedad civil.
En ese sentido, el diagnóstico a partir del cual se ha construido el Plan, parte de la consideración exclusiva de los factores de ilegalidad que atentan contra la vida e integridad de las personas defensoras de derechos humanos, cuando estas insisten en que también se ven afectadas por acciones de empresas multinacionales y proyectos minero-energéticos que actúan dentro del marco legal. A su vez, es clave que el Plan incorpore como factor de riesgo la presencia de grupos paramilitares reconocidos por la Defensoría del Pueblo y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y establezca un enfoque transversal que atienda los agravantes de las violencias basadas en el género, la etnia y la orientación sexual.
Además, el PAO no puede atender exclusivamente las zonas de disputa entre grupos armados, ni considerar los homicidios como la única variable con la que medir la afectación a personas defensoras de derechos humanos. Es importante incluir todas aquellas violencias silenciosas, tales como amenazas, violencia sexual o toques de queda, entre otras. Asimismo, la ejecución del PAO ha de ser capaz de mitigar los factores de riesgo para los liderazgos y comunidades con medidas preventivas y no exclusivamente reactivas, que superen la visión de las garantías de seguridad como simples medidas de protección que se activan sólo cuando la persona ha sufrido algún tipo de agresión. En ese sentido, es clave que el PAO tenga presente los contextos de pobreza y exclusión social que sufren las comunidades afectadas como un factor que agrava, y además facilita, el actuar de grupos armados en los diferentes territorios, y que reconozca las medidas colectivas que durante décadas han desarrollado las mismas comunidades.
Por otro lado, en las actuaciones del Estado para prevenir las afectaciones contra personas defensoras de derechos humanos es primordial que se establezca una lectura adecuada del contexto de los territorios por parte de la Fuerza Pública que acabe con las estigmatizaciones a la población civil, las cuales acrecientan sus niveles de riesgo. Ello en el entendido que la militarización del territorio no puede ser la única respuesta del Estado a la falta de garantías.
Adicionalmente, es fundamental que el Gobierno atienda los esfuerzos normativos que se han elaborado en materia de garantías de seguridad, especialmente los que se han concertado con la sociedad civil. Para ello, el documento debe incluir todos los decretos originarios del Acuerdo de Paz, en el marco de una clara voluntad política que reconozca los instrumentos e instancias ya existentes, para lograr avanzar de una forma participativa y democrática sobre lo construido.
Finalmente, en cuando a la implementación del Plan de Acción Oportuna, es importante que en el documento se establezca un marco temporal definido y claro, en donde se determine la durabilidad de su aplicación.
Para más información, lee el Documento en PDF y conoce las consideraciones completas de cada uno de los ejes del documento por parte de las Plataformas de Derechos Humanos.
NOTA: Estas propuestas fueron presentadas el 5 de noviembre de 2018, antes de la presentación oficial del PAO, el movimiento de Reunión está a la espera de respuesta.