El Batallón Pantano de Vargas en el Meta no fue el único responsable de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas en la región de Llanos Orientales
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Marzo 16 de 2022, #CuentenConmigo
Este jueves en Villavicencio la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) recibe informe del Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda-Colectivo OFB, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo-CAJAR, la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz-CIJYP y el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos-CSPP que demuestra la presunta responsabilidad de las Brigadas 4, 7 y 12 de la Cuarta División y las Brigadas 2 y 7 de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega-FUTCO, unidades militares que tuvieron el mismo modus operandí del Batallón 21 Pantano Vargas en los crímenes de Desapariciones Forzadas y Ejecuciones Extrajudiciales y cometidos en los departamentos del Meta y Guaviare. Todas estas violaciones a los Derechos Humanos se perpetraron entre el 2003 y 2008.
Este análisis muestra los patrones de macrocriminalidad en el Meta, como segundo departamento con más casos de “falsos positivos” en el país, tal y como lo indica la JEP en decisión de 12 de febrero de 2021 en la que hace de público conocimiento la priorización interna del Caso 003, denominado “asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado”.
El informe realiza un análisis de criterios de priorización y selección que permite ampliar la información respecto a la atribución de responsabilidades de agentes del Estado vinculados a unidades militares del Ejército Nacional, distintas al Batallón de Infantería No. 21 Pantano de Vargas, única unidad militar del departamento del Meta que hasta el momento ha sido investigada por la JEP por la presunta responsabilidad de sus miembros en estos graves crímenes.
El documento presenta 19 casos ilustrativos que agrupan 30 víctimas de presuntas Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas cometidas por las Brigadas 4, 7 y 12 de la Cuarta División y las Brigadas 2 y 7 de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega-FUTCO.
Los patrones de macrocriminalidad que se evidencian en estos casos son: 1)militarización del territorio, 2)estigmatización de la población civil, 3) accionar conjunto entre unidades tácticas y grupos paramilitares, 4)instigación a la comisión o a tolerancia de la práctica por medio de la presión por resultados, 5)estímulos económicos o de otra naturaleza para la presentación de resultados, 6) falta de control sobre los subordinados, 7)falta de medidas oportunas frente al conocimiento de la práctica de ejecuciones extrajudiciales, 8)participación de unidades militares con características especiales, 9)masividad de los eventos que constituyen la práctica, 10)traslado de la práctica entre unidades militares con independencia de su jerarquía y 11)número elevado de eventos en los que las personas fueron inhumadas como no identificadas.
Este, junto con otros informes que se han presentado al Sistema Integral de Paz, evidencian que la práctica de desapariciones forzadas y asesinatos presentados como bajas en combate por agentes del Estado en la región de los Llanos Orientales, así como en todo el territorio nacional, no son hechos aislados cometidos por ciertos militares o unidades militares, sino que se trata de una práctica sistemática y generalizada cuya responsabilidad es atribuible a distintas unidades militares, por lo que la tesis de las manzanas podridas o de las estructuras enquistadas en el Ejército Nacional para la comisión de los crímenes no es admisible, debido a que la gran mayoría de unidades militares se vieron involucradas en los crímenes investigados en el marco del macro caso 003.
Para César Santoyo, vocero del Colectivo OFB, “con este nuevo informe demostramos la macrocriminalidad y sistematicidad con que agentes Estatales realizaron ciertos crímenes y exigimos a las JEP que estudie la criminalidad de Estado y que se convierta en un caso en sí mismo no solo para los Llanos Orientales, sino para el resto del país.”
En concordancia con lo anterior, en este informe se le solicita a la JEP:
- Priorice e investigue las siguientes unidades militares por reportar el mayor número de víctimas documentadas en los informes presentados: (I) Cuarta División: Séptima Brigada; Brigada móvil No.12; Brigada Móvil No. 4 y Batallón de Infantería de Selva No.19 General José Joaquín París Ricaurte y (II) FUTCO: FUDRA; Brigada Móvil No. 7 y Brigada Móvil No. 6.
- Llame a rendir versiones voluntarias a los máximos responsables de las Unidades Militares de los departamentos de Meta y Guaviare, muchos de los cuales se mencionan en el documento.
- Ordene la práctica de declaraciones juradas de ex paramilitares que han versionado en Justicia y Paz sobre el trabajo conjunto que realizaban con estas unidades militares.
- Que los organismos del Sistema Integral de Paz y las demás instituciones encargadas de la búsqueda, identificación y entrega digna de personas se articulen para determinar el paradero de los desaparecidos, garantizando los derechos de sus familiares de acceso a la justicia, puesto que en varios de los casos presentados a la JEP, las personas aún siguen desaparecidas.