Corte suprema de Justicia niega al suboficial Jesús Chacón libertad transitoria.
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El pasado 21 de junio del 2017 la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal, negó la revocatoria de medida de aseguramiento y la solicitud de libertad transitoria condicionada y anticipada al suboficial José Jesús Perdomo Chacón quien cumple una pena privativa de la libertad de 253 meses y 12 días por la ejecución extrajudicial del campesino Mario José Riva Ávila, ocurrido el 7 de agosto de 2003, en la vereda La Reforma en el municipio de Charta, departamento de Santander.
Esta decisión fue negada dado el no cumplimiento de los requisitos que establece la ley 1820 del beneficio de las libertades transitorias condicionales e inclusión a la Jurisdicción Especial para la Paz. Es decir, que en conformidad a la 1820 debe ser el secretario general de la JEP quien informe mediante un escrito al juez de conocimiento si las personas que se encuentran investigadas se acogen a la JEP y pueden gozar de la libertad transitoria.
Para el abogado de víctimas Fernando Rodríguez Kekhan y miembro del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos estas decisiones van en derecho: “Celebramos esta decisión de la Corte Suprema, esto demuestra que estas decisiones no son directas, sino que deben ser evaluados por el secretario general de la JEP y debe ser este quien determine si hay compromiso real y si podría acogerse a la Justicia Especial Para la Paz”
No obstante, señaló su preocupación frente a estas decisiones que de fondo no cuentan con la apreciación y/o participación de las víctimas lo que es realmente grave en términos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Contexto
El 7 de agosto de 2003 en la vereda La Reforma en el municipio de Charta departamento de Santander, una patrulla del batallón de infantería al mando del suboficial José Jesús Perdomo Chacón de la cual hacían parte los soldados profesionales Orlando Almeida Pérez, y Ludwing Reinaldo Martínez Bastos, dieron muerte a Mario José Rojas Ávila bajo el argumento de que este accionar había ocurrido en medio de un enfrentamiento armado con miembros del Ejército de Liberación Nacional (ELN).
Sin embargo, tiempo después se conoció que Mario José Rojas Ávila en realidad era un campesino de la región a quien se le vistió con indumentaria del grupo guerrillero del ELN y quien fue presentado a la opinión pública como subversivo.
Por esta razón el 16 de abril de 2014 en la Fiscalía Sesenta y Cinco de la Dirección de Fiscalía Nacional especializada en Derechos humanos, profirió resolución acusatoria contra Almeida López y los otros soldados por el delito de homicidio en persona protegida y les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva el 20 de junio del 2013.
El 1 de julio de 2015 fueron condenados a una pena de 253 meses y 12 días en prisión, decisión que fue apelada por el defensor del suboficial Perdomo Chacón, la cual en fallo de 16 de junio de 2016 se confirmó en su integridad por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
Actualmente Chacón se encuentra detenido en el centro de Reclusión Militar de la Escuela de Comunicaciones del Ejército Nacional de Facatativá