18 Marzo 2019 - 10:08am

Ministerio de Defensa se niega a cumplir Reparación Simbólica

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El Ministro de Defensa Nacional Guillermo Botero Nieto y el Comandante del Ejército Nacional Mayor General Nicacio de Jesús Martínez Espinel tienen hasta el martes 19 de marzo de 2019 para cumplir la sentencia emitida por el juzgado trece de Tunja, que ordena reparación simbólica por caso de ejecución extrajudicial.

El pasado jueves fue emitido por el Juzgado trece Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Tunja la solicitud de desacato a la sentencia confirmada mediante fallo del 22 de mayo de 2018, la cual ordena la reparación simbólica a familiares de una víctima de ejecución extrajudicial, a cargo del señor Ministro de Defensa Nacional Guillermo Botero Nieto y el señor Comandante del Ejército Nacional Mayor General Nicacio Martínez Espinel.

La sentencia del 22 de mayo de 2018 emitida por el H. Tribunal Superior de Boyacá ordena la reparación simbólica a cargo de la Nación; Ministerio de Defensa y Ejército Nacional. Lo anterior, como consecuencia de una ejecución extrajudicial (04 de julio de 2008), realizada por tropas del Ejército Nacional Batallón No. 1 Simón Bolívar, en área rural del municipio de Chinavita, Boyacá. El joven asesinado, Jorge Enrique Hernández Castro, fue presentado como baja en combate contra guerrilleros de las Farc. Además, fue enterrado como N.N. y sus familiares tuvieron conocimiento de su muerte, solamente, hasta el 29 de mayo de 2011.

Se debe decir, que la víctima de ejecución extrajudicial, “falso positivo”, era farmacodependiente, condición que lo hizo vulnerable, pues pertenecía a una parte de la población la cual es objeto de constantes señalamientos, estigmatizaciones y discriminaciones por parte de la población en general y de las entidades del Estado. Esto hizo que efectivos del Ejército Nacional colombiano, se aprovecharan del joven de manera ilegal y arbitraría, ofreciendo un trabajo, con el único fin de presentarlo como una baja en combate.

Por lo anterior, la sentencia del 22 de mayo de 2018 ordenó, entre otras, la siguiente medida de reparación:

  • El Ejército Nacional deberá realizar en Tunja, “una jornada de salud integral a favor de las personas que conforman la población que actualmente se encuentra en la indigencia debido a la situación de farmacodependencia”. Junto con esto, en el marco de la jornada de salud se deberá ofrecer alimentación, recreación y se darán a conocer las ayudas y métodos que hay para superar la adicción.

De esta manera, es necesario que la presentación de las disculpas cuente con la aprobación de los demandantes. Además, la jornada de salud integral, deberá iniciar con la presentación del caso, con el fin de presentar disculpas públicas a la familia, amigos y conocidos de la víctima.

Para cumplir con la jornada de reparación, el Ejército Nacional contaba con máximo tres meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia. Sin embargo, a la fecha, ni el Ejército Nacional, ni el Ministerio de Defensa han llevado a cabo dichas acciones. Las partes demandadas excusan el no acatamiento de la sentencia debido a la falta de conocimiento de esta, lo cual, según ellos, les ha impedido llevar a cabo las acciones de reparación. Sin embargo, la parte demandante presentó las constancias de radicación las cuales dan cuenta de que se notificó oportunamente a la Nación Ministerio de Defensa, Ejército Nacional, acerca del fallo emitido por el juzgado.

Esto quiere decir, que, aunque el Ministro Botero y el Mayor General Nicacio Martínez Espinel tenían conocimiento de la sentencia, decidieron incumplirla, revictimizando así a los demandantes victimas indirectas del accionar delincuencial de agentes del Estado. Por ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 1564 de 2012, se ordenó dar apertura al trámite de desacato en contra de los ya mencionados funcionarios del Gobierno.

Por lo tanto, el señor Ministro de Defensa Nacional Guillermo Botero Nieto y el señor Comandante del Ejército Nacional Mayor General Nicacio Martínez Espinel, cuentan con 2 días para pronunciarse y cumplir con la sentencia emitida. De no cumplir con lo ordenado por el alto tribunal, además de ser objeto de las acciones disciplinarias, también pueden ser sancionados mediante multas equivalentes a 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Contra el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, cursan otras acciones de desacato en virtud del continuo desconocimiento que con relación a este tipo de medidas simbólicas vienen ordenando los jueces de la república, pero que terminan abiertamente ignoradas por el gobierno nacional.